Por su indudable interés, transcribo parcialmente la información recibida de CEEAASS. Podeís ampliar la información en en
http://www.ceeaass.org (Sección NOTICIAS / ÚLTIMA HORA)
Análisis del texto definitivo del proyecto de Real Decreto de ordenación de las EEAASSEl Consejo de Estado ha concedido audiencia a CEEAASS para consulta y presentación de alegaciones al Proyecto de Real Decreto de ordenación de las enseñanzas artísticas superiores. Del estudio del expediente normativo hemos podido sacar las siguientes conclusiones. No hemos publicado el texto del proyecto por no tener autorización.
El texto definitivo del Proyecto de Real Decreto no contempla que los nuevos títulos de Graduado hayan de ser sometidos a la evaluación de calidad y acreditación por parte de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA), al contrario de lo que ocurre con los títulos universitarios, ni exige que los Másters lo sean tampoco; ya que, en el caso del título de Graduado, la verificación de requisitos la hará el propio Ministerio de Educación; y en el caso del título de Máster, puede dejarse al arbitrio de los órganos de evaluación que las Administraciones educativas autonómicas determinen.
El problema que surge, entonces, es que la verificación del título no está a cargo de un organismo internacionalmente reconocido e independiente de aquel que crea dicho título, y esto puede impedir su validez en otros países, por falta de garantía suficiente de su calidad.
¿Reconoceran los centros superiores europeos unos títulos sin acreditación independiente como éstos? ¿Es ésta la manera adecuada de fomentar la movilidad de los estudiantes –uno de los objetivos del Proceso de Bolonia–?
Los Másters se llamarán "Máster en Enseñanzas Artísticas de X", de forma que será notoria la diferencia con la denominación que establece la LOU: "Máster Universitario".
El Consejo de Universidades ha sugerido que hubiera una distinción clara entre los títulos universitarios y los títulos de enseñanzas artísticas superiores, a fin de que no sean confundidos, proponiendo que éstos sean llamados "Graduado en Enseñanzas Artísticas de X", análogamente a lo que se ha dispuesto para los Másters, pero esto no se ha reflejado en el texto definitivo y la denominación será finalmente Graduado o Graduada en Música, Danza, etc.
Sin embargo, la Disposición adicional primera clarifica sutilmente esta cuestión, al determinar que los títulos de enseñanzas artísticas establecidos en el real decreto serán equivalentes, a todos los efectos, a los títulos universitarios de Grado y Máster.
Así pues, serán títulos equivalentes a los títulos universitarios, pero no idénticos, porque no estarán necesariamente sometidos al mismo control de calidad y acreditación que éstos. Por lo tanto, los nuevos títulos de enseñanzas artísticas superiores no serán títulos universitarios, aunque se haya difundido lo contrario. (Véase PROMESAS... en la Sección NOTICIAS).
Ahora resulta claro que aquellas informaciones aparecidas en algunos medios de comunicación, del tipo: "Los estudios superiores de enseñanzas artísticas tendrán rango universitario, en tanto que ofrecerán los mismos títulos que las Universidades.", no eran ciertas. También los Títulos Superiores de la LOGSE son equivalentes al de Licenciado universitario (que ahora se llama Graduado). El Doctorado sigue fuera de nuestras enseñanzas y tendrá que hacerse por convenios con las Universidades, como ha sucedido hasta ahora. ¿Dónde reside, entonces, la diferencia? ¿Qué es lo que ha cambiado realmente?
Por otra parte, el proyecto no trata la cuestión de la acreditación del profesorado, que podría resolver posibles dudas sobre la calidad de los docentes que puedan surgir, a diferencia de lo que ocurre con la normativa universitaria. (Véase el artículo 57 de la LOU –Acreditación nacional–).
La autonomía académica, es decir, la posibilidad crear títulos propios y de diseñar libremente los planes de estudio correspondientes, ni se contempla en el proyecto normativo para los Centros superiores de enseñanzas artísticas (sólo el proponer los planes de estudio de los Másters a las Administraciones educativas, las cuales deberán elaborarlos), al contrario de lo que ocurre en la nueva ordenación universitaria, que permite a las Universidades crear cualquier título, con una mínima exigencia de adscripción a determinadas ramas de conocimiento. ¿Tendremos que conformarnos con la autonomía pedagógica, organizativa y de gestión de que habla el proyecto?
Sin embargo, las Universidades no tienen estas restricciones que nos depara la nueva ordenación. Aún así, toman una actitud preventiva respecto al Real Decreto: según consta en el expediente, una de las Universidades valencianas está interesada en que la redacción final –concretamente la Disposición adicional séptima– no impida sus posiblidades de crear títulos como el de Grado en Conservación y Restauración de Bienes Culturales, ya que cuentan con excelentes docentes y profesionales para ello. ¿Acaso nosotros no contamos también con excelentes docentes, profesionales y un número importante de Doctores en nuestros Centros?
Contrariamente a la limitación de la autonomía de los Centros superiores de enseñanzas artísticas extrauniversitarios –los nuestros–, la Declaración de Bolonia de 1999 dice: "la independencia y autonomía de las Universidades asegura que los sistemas de educación superior e investigación se adapten continuamente a las necesidades cambiantes, las demandas de la sociedad y los avances en el conocimiento científico". Ah..., qué lejos estamos todavía de Bolonia.
¿Acaso nuestros Centros superiores de enseñanzas artísticas no tienen derecho a ser tratados como las Universidades en esta parcela de la autonomía (la académica)? ¿Es este el "marco paralelo" que propone el Ministerio de Educación? ¿Dónde reside exactamente el paralelismo, si nada es igual?
Una cuestión inquietante es cómo se va a costear esta reforma educativa, si se ha certificado que no va a suponer incremento del gasto público. ¿Espera el Estado que los fondos necesarios para potenciar la investigación provengan únicamente de las Administraciones educativas autonómicas?
¿Es este marco normativo el que nos interesa realmente?
Nosotros entendemos que la única vía de solución para las EEAASS es la integración de nuestros Centros en la Universidad pública española y, matizando esta propuesta, la constitución de Universidades Poliartísticas que nos lleven a alcanzar la autonomía real y la plena normalización de nuestras enseñanzas, con todas las garantías de acreditación de la calidad de los planes de estudios y del profesorado, y con programas de Doctorado propios y autónomos, a fin de entrar como miembros de primera división en el Espacio Europeo de Educación Superior.
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